El Médico y el IVA

El Médico y el IVA

por Rodrigo Islas

El IVA o Impuesto al Valor Agregado es un impuesto indirecto, es decir, que lo paga el consumidor del bien o servicio, el prestador del servicio lo recolecta para posteriormente pagárselo al SAT. Dentro de nuestra actual legislación, existe actividades tasadas al 16%, 8%, 0% y exentos. Para nuestro interés, el artículo 15, fracción XIV de la Ley del IVA, establece: “No se pagará el impuesto por la prestación de los servicios profesionales de medicina, cuando su prestación requiera título de médico conforme a las leyes (Artículo 41 Reglamento Ley de IVA: cirujano dentista, médico o médico veterinario), siempre que sean prestados por personas físicas, ya sea individualmente o por conducto de sociedades civiles.” ¡Cuidado! No confundan IVA 0% con IVA Exento, para efectos de la actividad médica, se usará IVA Exento

Esto quiere decir que quien se beneficia de el hecho de que los honorarios médicos son exentos de IVA, son los pacientes; es una ventaja fiscal, ya que los honorarios médicos son servicios de necesidad primaria.

Si das un servicio de medicina general, especializada, veterinaria o de odontología, el cobro que le hagas al paciente o empresa no lleva IVA. Por ejemplo si tu cobras una consulta en $1,000.00 no tienes que pagar nada de impuestos salvo el ISR sobre este ingreso.

¿Cuál es la diferencia entre el IVA exento y el IVA 0%?

Si bien, matemáticamente es igual, fiscalmente hay diferencias abismales. Este efecto fiscal recae en el prestador del servicio: Las personas con actividades (honorarios médicos, por ejemplo) con IVA exento no tendrán derecho a acreditar el IVA pagado de sus gastos y compras. En cambio las personas con actividades (venta de medicamentos de patente o exportación de bienes) con IVA al 0% podrán acreditar y recuperar el IVA pagado en sus gastos o compras.

¿Qué pasa con el IVA que pagan los médicos?

Hay varios supuestos para responder esta pregunta. Depende en que régimen te encuentres y cual sea tu profesión.

  1. RESICO: No pasa absolutamente nada. El IVA que pagas en tus compras lo recolecta tu proveedor y el se lo paga al SAT.

  2. Persona Física con Actividad Empresarial y Profesional: El IVA de tus pagos se suma al valor de la compra y se agrega a tus gastos deducibles. Ejemplo. Pagas un servicio deducible de $1,000.00 + IVA, es decir $1,160.00. el monto que podrás deducir contra tus ingresos son $1,160.00 a diferencia de otras profesiones que únicamente podrán deducir el valor de la contraprestación; $1,000.00.

Psicólogos y nutriólogos.

  1. Tanto en RESICO como Actividad Empresarial y Profesional el IVA de tus compras se acredita contra el IVA que cobras a los pacientes. Supon que la suma del IVA en un mes determinado de tus recibos de honorarios es por $3,000.00 y el IVA de tus pagos es por $1,000.00. En tu declaración del mes, pagarás al SAT la diferencia: $2,000.00.

Soy nutriólogo, cosmetólogo o psicólogo, ¿el IVA exento aplica en mis servicios?

Por más absurdo que suene, si bien también son áreas importantísimas de la salud, desafortunadamente el paciente tendrá que pagarte el 16% de IVA. Esto es porque como mencionamos anteriormente, la Ley del IVA marca claramente que debes de contar con título de MÉDICO y estas profesiones son Licenciaturas. En nuestra opinión esto es un completo y absurdo error: ¿Cómo es posible que los servicios veterinarios (Médicos veterinarios) (que también comprenden servicios a la industria ganadera y ahí si no cabe duda que es necesario) sean exentos de IVA y los servicios de nutrición y psicología no lo sean cuando somos un país con el mayor índice de obesidad en el mundo y con una alta tasa de depresión y de suicidios?

Te recomendamos que el IVA lo agregues al honorario que deseas recibir y no lo incluyas dentro de tu precio, sino vas a terminar perdiendo un 16%: Por ejemplo si tus honorarios son por decir: $100.00, deberás cobrar $116.00., y así tu te quedas con $100.00, pagas ISR sobre este monto y los $16.00 de IVA se los pagas al SAT. Si cobras $100.00 totales ya con IVA, significaría que terminarás quedándote con aproximadamente $85.00 y tendrías que pagar $15.00 de IVA.

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Rodrigo Islas